Propósito & Actividades
Objeto: La corporación tendrá como objeto la planeación, promoción y ejecución de planes y programas encaminados a proveer beneficios académicos, recreativos, de formación personal, familiar y cualquier otro que favorezca a los afiliados de la corporación y sus familias. En desarrollo de su objeto social la corporación podrá desarrollar los siguientes actos: A. Promover la excelencia académica desde la docencia y la investigación de la universidad Santiago de Cali. B. Desarrollar programas de capacitación informal, de interés científico, recreación, deportes y motivación personal para los miembros de la corporación y su familia. C. Propender por la cualificación integral de todos sus miembros. D. Colaborar de manera activa en todos los programas de desarrollo docente e institucional que adelante la universidad Santiago de Cali. E. Desarrollar dentro del quehacer de la corporación las técnicas científicas que garanticen un desarrollo armónico del ente corporativo, alcanzando los más altos niveles de eficiencia, eficacia y solidaridad. F. Adquirir enajenar toda clase de bienes, a cualquier título gratuito. G. Dar y recibir dinero en mutuo, girar extender, protestar, endosar y en general toda clase de títulos valores. H. Podrá también aceptar o ceder créditos, novar obligaciones, designar apoderados judiciales y extrajudiciales, transigir y comprometer los asuntos en que tenga o puede tener algún interés y en general celebrar toda clase de actos y contratos autorizados por la ley y cuando ser el caso, asociarse dentro de los límites y términos que la constitución nacional y la ley le permitan. I. Desarrollar convenios con entidades públicas y privadas nacionales o extranjeras que contribuyan al desarrollo del objeto de la corporación. J. Fomentar la solidaridad y mutuo apoyo entre los miembros en armonía con los propósitos de la corporación. K. Desarrollar toda clase de proyectos de inversión en concordancia con el cumplimiento del objeto social de la corporación. L. Los demás que se requieran para el desarrollo de su objeto social. Parágrafo 1. La corporación también podrá recibir a título gratuito y en el marco de convenios interinstitucionales dinero u otros bienes provenga de personas naturales o jurídicas de carácter público o privado. Parágrafo 2. La corporación podrá aplicar parte de sus recursos y/o extender sus servicios financieros a la creación, adquisición o fomento de empresas mixtas o privadas que sin estar destinadas a prestar un servicio público o cumplir funciones administrativas del estado, tiendan a satisfacer las necesidades básicas de la comunidad. Parágrafo 3. Por su naturaleza democrática y pluralista, la corporación no podrá tomar parte en actividades de carácter religioso o que impliquen discriminación por razones étnicas o de nacionalidad.